El Comité, es la máxima autoridad en materia de transparencia, acceso a la información y protección de datos personales, una de sus principales funciones es resolver sobre la información que deberá clasificarse, así como atender y resolver los requerimientos de las Unidades de Transparencia y del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios.
Le corresponde al Comité, vigilar la correcta aplicación y observancia de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGTAIP_200521.pdf), Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios (https://legislacion.edomex.gob.mx/sites/legislacion.edomex.gob.mx/files/files/pdf/ley/vig/leyvig233.pdf), Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados (https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGPDPPSO.pdf), Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios (https://legislacion.edomex.gob.mx/sites/legislacion.edomex.gob.mx/files/files/pdf/ley/vig/leyvig244.pdf) y demás normas que se deriven de esos ordenamientos, siendo la instancia encargada de coordinar y supervisar las acciones tendientes a dar publicidad a la información.
Se integrará por los siguientes servidores públicos:
I. La o el Titular de la Unidad de Transparencia, quien será el Presidente;
II. La o el Titular del Órgano Interno de Control, quien será vocal; y
III. La o el responsable del área coordinadora de archivos o equivalente, quien será vocal.
Todos los integrantes tienen derecho de voz y voto.
Cada miembro propietario designa a su suplente, quién deberá tener una jerarquía inmediata inferior.
El Titular de la Unidad de Transparencia designará al Secretario Técnico, quien no será miembro del Comité y estará encargado de elaborar las actas y acuerdos que emita dicho órgano colegiado, en caso de ausencia, el Titular nombrará un suplente.
A todas las sesiones asistirá como invitado permanente un servidor público de la Dirección General Jurídica y Consultiva, como asesor con voz y sin voto.
Se invitará a participar a las sesiones del Comité de Transparencia, con voz pero sin voto, al servidor público encargado de la protección de los datos personales cuando sesione para cuestiones relacionadas con esta materia.